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indice de las ponencias de 2006
Reflexiones en torno a la política de empleo en Cuba y su fundamento jurídico en el período (especial) comprendido entre los años 1990 y 2002.
Guerra Chacón, Luis
Universidad de la Habana
Pérez Bravo, Digna
Esc. Nacional. de Cuadros Sindicales "Lázaro Peña"
INTRODUCCIÓN.
Las reflexiones contenidas en el presente trabajo ponen de manifiesto como se instrumentó la Política de Empleo en Cuba y su respaldo jurídico en el período, denominado ″especial″ o de crisis, comprendido entre 1990 y hasta 2002, bajo el principio de no dejar desamparado a ningún trabajador a su suerte a pesar de las grandes dificultades por las que atravesó Cuba en esos años.
Exponemos también, las bases que han sustentado la misma, así como la estrategia seguida por el Estado cubano, el Partido, y la Central de Trabajadores de Cuba al respecto. Además consideramos un conjunto de datos importantes en cuanto a medidas aplicadas en materia de derecho al empleo con su correspondiente carácter legal, y el Tratamiento Laboral y Salarial a los trabajadores denominados: interruptos, disponibles y trabajadores en el proceso de Perfeccionamiento Empresarial, así como la política seguida en relación con la incorporación de jóvenes y mujeres al empleo y la vida social útil.
IDEAS FUNDAMENTALES.
Cuba, en materia laboral y en particular en política de empleo y a pesar de la agresión económica del Gobierno e los Estados Unidos, que dura más de 44 años, ha sobrepasado todas las expectativas con acciones estatales y sociales palpables encaminadas a reducir al mínimo el índice de desempleo, lo que y ha tenido como resultado que al concluir el 2004, éste lograra la tasa de 1,9%. Una de las más bajas del mundo.
El modelo social cubano en materia de relaciones laborales y política de empleo se fundamenta en el principio humano y ético de que la sociedad tiene el deber de garantizar un empleo decoroso a todos los ciudadanos que arriben a la edad laboral, teniendo presente que si en nuestra sociedad impera la equidad y la justicia social, el hombre no puede sobrar, ni ser excluido y siempre debe de tener un espacio para su inserción en la vida útil y productiva de la sociedad.
La política de Empleo en Cuba es parte integrante de los fundamentos políticos, económicos y sociales expresados en la Ley Primera de la República (La Constitución).
Con el derrumbe del Modelo Eurosoviético del socialismo en Europa del Este y la desintegración de la Unión Soviética, así como por el recrudecimiento del bloqueo a Cuba por el Gobierno de los Estados Unidos, a principio de los 90 la situación económica del país se recrudece y se deteriora en todos los aspectos, es decir se inicia un período de crisis económica ” Período Especial”.
En la historia del proceso revolucionario cubano, la voluntad de la evolución fue crear cada vez más empleos, sin embargo al iniciarse este período, se convirtió en noticia un tema que prácticamente se había olvidado en Cuba: el desempleo.
Dos etapas, caracterizan la política de empleo en estos años de crisis:
Una primera que comprende entre 1990 y 1994, considerados los años más críticos y difíciles del período especial, en que la tasa de desempleo se eleva al 16%. Como consecuencia de esta situación, en las relaciones laborales aparecen: el trabajador interrupto y el disponible. El primero surge como resultado de las interrupciones laborales, las cuales se manifiestan en la paralización del proceso de trabajo que provoca la inactividad en la labor del trabajador durante su jornada laboral o por un periodo igual o superior a ésta, y por la amortización de plazas que se revela en la acción de cancelar o desactivar una plaza que hasta ese momento venía siendo ocupada con carácter permanente, por lo que aparece una nueva figura en nuestro espectro laboral: el disponible, que es aquel trabador que por causas tales como: cambios estructurales o institucionales, extinción o fusión de las mismas, disminución del nivel de actividad por factores de índole económico o por la aplicación del multioficio u otros estudios y medidas de organización del trabajo, es necesario reubicar.
Estos fueron años signados por un creciente desinterés por el trabajo en varios sectores laborales, por desequilibrio financiero, la tendencia de inclinación hacia empleos selectivos etc.
La segunda etapa, va de 1995 hasta 2002, la cual comprende los años de recuperación y reanimación de la economía. La tarea fundamental fue disminuir la desocupación, a través de la política de pleno empleo con programas de largo alcance en la esfera productiva y en la de los servicios sociales, los cuales han incidido en elevar el nivel de calidad de vida de la población y la creación de un nuevo concepto de empleo.
El empleo, el derecho humano más violado en el mundo hoy, transita por la crisis más profunda y compleja, donde lo que preocupa, es lo que está por venir, independientemente de que la realidad actual no es nada halagüeña. Datos publicados por Organización Internacional de Trabajo (OIT) a propósito de la reunión del Foro Global sobre el Empleo realizado en Noviembre del 2004 en Ginebra, reflejaron que la crisis del empleo, es uno de los problemas más grave de la economía globalizada. Según el citado foro, más de 180 millones de personas están totalmente desempleadas, más de 300 millones, tienen un empleo, pero buscan otro complementario, porque el salario no les alcanza y más de mil millones viven con menos de un dólar al día. Sin dudas un triste panorama.
Al cierre del 2004, la antes citada organización refería con preocupación, el sombrío panorama mundial que alrededor de 88,2 millones de desempleados entre 15 u 24 años, con una tasa de desempleo del 14,4, sin esperanza en un futuro laboral.
Finalmente la OIT afirma que la atenuación del desempleo ya sea en el norte o en el sur, constituye un objetivo estratégico que debe abordarse desde cuatro puntos de vista al menos:
- Creación de empleo, por ejemplo mediante la aplicación de políticas que fomente la. inversión en pequeñas y medianas empresas
- Trabajo a cuenta propia, por ejemplo a través de la concesión de créditos accesibles para los trabajadores
- Creación de condiciones de igualdad en el acceso al mercado y disposiciones de oportunidades económicas
- Capacitación y auto confianza, por ejemplo uniendo a los desfavorecidos y ayudándoles a establecer sus propias asociaciones.
Dentro de este ambiente lleno de desafíos, continúa afirmando el organismo especializado en asuntos laborales de las Naciones Unidas:
”Corresponde a gobiernos, empresarios y agrupaciones de trabajadores crear en conjunto formas de facilitar la movilidad de los trabajadores de un puesto de trabajo a otro, a lo largo de su vida laboral. Debemos también esforzarnos por impedir la exclusión de los trabajadores poco calificados y luchar contra ella. Necesitamos políticas activas que ayuden a los grupos sociales más vulnerables a reincorporarse al trabajo, ajustando a nuestro sistema fiscal y de protección social, de modo que trabajar resulte rentable, tanto de forma económica como socialmente”.
El 2004 arrojó, en América Latina y el Caribe, más de 19 millones de desempleados( uno de cada tres jóvenes está desocupado, según información de la Confederación Latinoamericana de Trabajadores.
Esta triste realidad mundial, tiene otra expresión en nuestro país. A pesar de los intentos imperialistas de asfixiarnos, en materia de empleo hemos sobrepasado todas las expectativas, con acciones estatales y sociales palpables encaminadas a reducir al mínimo en índice de desempleo, lo que se ha manifestado que al concluir el año 2004, este se redujera al 1,9, una de la más baja del mundo.
La esencia de la Política de Empleo cubana en toda la etapa revolucionaria, radica en la Seguridad Social, con su elemento básico: La existencia de un empleo digno para cada ciudadano, pues solo cuando el hombre obtiene por el trabajo realizado los ingresos necesarios para satisfacer sus necesidades materiales y espirituales logra su plena seguridad.
La Política de Empleo es un conjunto de medidas, directrices, objetivos y líneas con el fin de garantizar un empleo decoroso a toda la población que arribe a la edad laboral teniendo presente la máxima de que: en una sociedad donde impera la justicia social el hombre no puede sobrar ni ser excluido y siempre debe tener un espacio para su inserción en la vida útil y productiva de la sociedad.
Las medidas en materia de empleo, aplicadas en Cuba, a pesar de las dificultades generadas por el período especial, estuvieron encaminadas como estrategia general a la generación de nuevos empleos en actividades de gran prioridad para el desarrollo económico y social de la nación.
A nuestro modo de ver, para profundizar en este tema, hay que tener indiscutiblemente en cuenta dos antecedentes históricos fundamentales; uno de carácter político y otro legal. El de carácter político es el alegato histórico de autodefensa en el juicio por los sucesos del ataque al Cuartel Moncada, pronunciado por Fidel y conocido como La Historia me Absolverá, en el cual se denuncian todos los males imperantes en la República Neocolonial, entre los que se destaca: el problema del desempleo y la precaria situación del empleo en nuestro país, epidemia que sería resuelta cuando el poder estuviera en manos de las masas trabajadoras, del pueblo, el cual es definido en este documento como las grandes masas, desempleadas, explotadas, excluidas, marginadas y enajenadas de la sociedad cubana de aquel entonces.
El antecedente de carácter legal es la promulgación y puesta en vigor de la Constitución del 40, en la cual se plasmó las aspiraciones de las luchas obreras y sociales, entre otras cuestiones, condenando el desempleo y la precariedad laboral como males endémicos de la sociedad capitalista cuestión esta, que se considera como positivo. Aunque para aquel entonces, no fue tomada en cuenta, y en 1952 fue pisoteada por Fulgencio Batista, sustituyéndola por los Estatutos y la legislación laboral batistiana, la importancia de este acontecimiento radica que con ella el derecho laboral cubano adquiere rango constitucional.
Ambos antecedentes han constituido fuente material del Derecho Laboral en todo el proceso revolucionario, fundamentados en la fuerte voluntad por erradicar el desempleo como fenómeno social.
Desde los primeros momentos del triunfo, la Revolución adoptó todo un conjunto de medidas para eliminar el desempleo, tales como la intensificación de las actividades agrícolas, las construcciones y la producción industrial con lo que aumentó extraordinariamente el número de empleos en los servicios sociales. Es por eso que en el primer decenio de la Revolución Cubana se pudo hablar de pleno empleo, un empleo decoroso para cada persona en edad laboral respaldado por el Estado y la Central de Trabajadores de Cuba, lográndose bajar la tasa de desocupación a 1,3 %, ya en 1970 sólo 34,7 miles de personas se encuentran en busca de trabajo.
En 1976 mediante referendo popular se aprueba y entra en vigor la nueva Constitución de la República donde se ponen de manifiesto los tres principios fundamentales del Sistema de Empleo en Cuba:
- El Estado Socialista, como poder del pueblo, en servicio de su propio pueblo, garantiza que no haya hombre o mujer en condiciones de trabajar, que no tenga oportunidad de obtener un empleo... ( artículos 8).
- La Igualdad....a cuyo tenor se garantiza la igualdad de derecho de los ciudadanos en todas las esferas de la vida , sin distinción de raza, , color, sexo u origen nacional...(artículo 42).
- Que el trabajo en la sociedad socialista es un derecho, un deber y un motivo de honor para cada ciudadano y que al proporcionarlo se atienda a las exigencias de la economía y de la sociedad, la elección del trabajador su , su aptitud y su calificación.(Artículo 44).
Ocho años más tarde se promulga un cuerpo legal que codifica todas las normas jurídicas del sistema laboral, la Carta Magna Laboral: La Ley 49 del año 1984, el Código del Trabajo. Es oportuno precisar que hasta la fecha es el único que hemos tenido a pesar de los grandes cambios y transformaciones económicas y sociales.
En Diciembre de 1988 se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Política de Empleo, la Resolución 51, actualmente vigente en más del 50% de las Empresas del país. Y como resultado de su aplicación, en 1989 la ocupación creció en 3.1 millones de personas, por tal razón hablar de desempleo en Cuba no era común antes de los años noventas.
El derrumbe del sistema Socialista, la desintegración de la Unión Soviética y el recrudecimiento del Bloqueo, convirtieron en noticia un tema del que muy poco se hablaba en la cotidianidad de la Isla: el desempleo.
¿Qué hacer ante el desinterés cada vez más creciente por el trabajo en determinados sectores laborales, el desequilibrio financiero producido, la tendencia de inclinación hacia empleos selectivos en lugar de la asignación planificada, el aumento del desequilibrio de la ocupación en las Provincias Orientales debido a los crecimientos demográficos en las zonas de Holguín, Granma, Santiago de Cuba y Guantánamo; la disminución de las fuentes de empleos debido a graves restricciones económicas, a la paralización de importantes inversiones, a la fusión de Empresas, a la falta de materias primas, combustible y cambios estructurales?.
La respuesta para resolver estos delicados problemas estuvo en la estrategia adoptada por el Partido, el Estado y la CTC, encaminada a enfrentar, resistir y vencer el ″período especial″, en tiempo de paz, consistente en: desarrollar la ciencia y la técnica, la calificación y recalificación técnica de los trabajadores, a no abandonar a los trabajadores interruptos ni disponibles, a la reorganización de la agricultura cañera y no cañera en unidades de producción cooperativa, a la apertura a la Inversión Extranjera y la ampliación de figuras del Trabajo por cuenta propia. Dicha estrategia sustentada por regulaciones laborales con el objetivo de no dejar desamparado a ningún trabajador a su suerte.
El Movimiento Sindical tenía que atemperarse a la nueva situación creada y a finales de Enero de 1990, coincidiendo con el 51 Aniversario de la fundación de la Central de Trabajadores de Cuba celebra su XVI Congreso donde los debates giraron en torno a los más acuciantes problemas económicos y sociales tales como; la consagración al trabajo, la atención al hombre, la eficiencia económica, y la política laboral y salarial entre otros.
Los trabajadores fueron al Congreso bajo la consigna de: ”Venimos a dar y no a Pedir”, a dar todas sus ideas y experiencias y apoyar todas las medidas adoptadas por el partido y el Estado, seguros de que mantendrían en alto los principios fundamentales que sustentan la política de empleo; que es, el de la garantía de un empleo, tal como quedó expresado posteriormente en el artículo 9 de las reformas constitucionales aprobadas por la Asamblea Nacional del Poder Popular en su XI Período Ordinario de Sesiones de la III Legislatura celebrada los días 10, 11 y 12 de Julio de 1992 expresa:
Capítulo I
Fundamentos políticos, sociales y económicos del Estado
El Estado:,
b) como Poder del Pueblo, en servicio del propio pueblo garantiza
-que no haya hombre o mujer, en condiciones de trabajar, que no tenga oportunidad de obtener un empleo con el cual pueda contribuir a los fines de la sociedad y a la satisfacción de sus propias necesidades.
Capítulo VI
Igualdad
Artículos 41.Todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes. y
Artículo 42. La discriminación por motivo de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas, y cualquier otra lesiva a la dignidad humana está proscrita y es sancionada por la ley y el Capítulo VII Derechos, Deberes y Garantías fundamentales.
Artículo 45. El trabajo en la sociedad socialista es un derecho, un deber y un motivo de honor para cada ciudadano.
El trabajo es remunerado conforme a su calidad y cantidad; al proporcionarlo se atienden las exigencias de la economía y la sociedad, la elección del trabajador y su actitud y calificación; lo garantiza el sistema económico socialista, que propicia el desarrollo económico y social, sin crisis, y que con ello ha eliminado el desempleo y borrado para siempre el paro estacional llamado ”tiempo muerto”
Los fundamentos de la Política de Empleo en Cuba es parte integrante de los fundamentos políticos, económicos, y sociales reflejados en nuestra Constitución Socialista.
Con la situación económica creada y su negativa influencia en la vida laboral, para poder cumplir con lo establecido en la Carta magna y proteger los derechos de los trabajadores se comienza a promulgar un conjunto de normas jurídicas a fin de legalizar las medidas adoptadas con anterioridad a finales de los años 80, durante el proceso de rectificación de errores y tendencias negativas en materia de política laboral para lograr su perfeccionamiento.
Es por eso que el 18 de Noviembre de 1990 se aprueba la Resolución 18, la cual establece el reglamento de admisión de los trabajadores, la promoción y otros movimientos hacia plazas temporales, o definitivamente vacantes, o de nueva creación, así como la selección del personal a capacitar, como también regula la permanencia en sus plazas de trabajadores en caso de personal que exceda la cifra necesaria para el cumplimiento de los planes de producción o servicios, aquellos casos que la administración solicite se examinen para determinar si existen índice de insuficiencia e ineptitud y quienes deben permanecer en sus puestos de trabajo en caso de interrupciones largas y amortización de plazas, y establece al efecto, la creación y funcionamiento de comisiones de evaluación aprobadas en Asambleas de Trabajadores. También se promulgaron lineamientos para el tratamiento de las interrupciones laborales.
La Resolución 3, de Enero de 1992 se dictó con el fin de regular el tratamiento laboral y salarial utilizables ante la ocurrencia de las mismas, las cuales son aplicables a trabajadores cuya relación laboral se establece a través de contratos de trabajo por tiempo indeterminado, determinado, por período de prueba o por designación o elección con independencia de que la forma de pago que tenga aplicada sea a destajo o a tiempo. Para los disponibles se aplica a partir del 18 de Agosto de 1994 la Resolución 6, la cual sustituye a la Resolución 4, del 15 de Marzo de 1991 sobre los trabajadores sobrantes y disponibles, planteando nuevas alternativas para la reubicación laboral del trabajador y nuevas regulaciones sobre la garantía salarial supeditada al tiempo de servicios acreditados cuando el trabajador disponible no puede ser reubicado.
Consideramos que tanto la Resolución 3/92, como la Resolución 6/94, con respecto a Resolución 18/90 forman un sistema, pues la aplicación de cualquiera de las dos primeras, depende del resultado de la última.
En este período comprendido entre 1990 y 1994 cientos de miles de hombres y mujeres se quedaron sin contenido de trabajo en una buena cantidad de centros de producción y servicios, por lo que sin abandonar a ningún trabajador a su suerte, ni renunciar a nuestros principios, ni a las conquistas de la revolución, se dictaron una serie de medidas muy necesarias con su respectivo respaldo legal, para la protección del derecho al empleo.
Se crearon las Unidades Básicas de Producción Cooperativas cañeras o no cañeras, con el objetivo de hacer más eficiente la agricultura y con el propósito de aplicar fórmulas que incentiven y motiven a los hombres a entregar sus reservas productivas en función de lograr mayores volúmenes de producción con el menor gasto posible de recursos materiales y aplicar los principios de la vinculación del hombre al área,, el abastecimiento de los colectivos obreros y sus familias etc. y teniendo como características la entrega de la tierra en usufructo por tiempo indefinido, de ser los dueños de la producción, vender los productos al Estado y operar en cuentas Bancarias entre otros y para ello se establece el Decreto Ley 142 del 20 de Septiembre de 1993. Además se ratifica y amplia el trabajo por cuenta propia en el que participan aquellas personas con aptitudes y posibilidades para ello, amparado por el Decreto Ley 141 del 8 de Septiembre de 1993 y por la resolución conjunta No 1 que establece el orden requerido y la organización de manera que éste responda a determinados principios que favorezcan el desarrollo en todo lo que resulte útil a la población, evitando que su ejercicio adopte formas nocivas y regula además las actividades laborales en que se puede ejercer.
Además, fue a la búsqueda de nuevas fórmulas en la agricultura, en las ciudades se creó e impulsó la organización de los huertos y mercados agropecuarios, éste último amparado por el Decreto 191 de 1994, y en el campo, se entregan tierras en usufructo a quienes la trabajasen.
Todas estas medidas y otras más, están legisladas y se convirtieron en fuentes de empleo e influyeron paulatinamente en la disminución de la desocupación que hasta ese entonces alcanzaba una tasa, no vista en el proceso revolucionario de un 8,3 %.
En 1995 continuó el proceso de reordenamiento laboral y la aplicación de políticas que al igual que las anteriores impactaron positivamente en la generación de nuevos empleos.
Frente a una economía globalizada, con fuertes tendencias hegemónicas en el espacio económico, político y militar, sin la existencia del sistema socialista, nuestro país en aras de preservar las conquistas alcanzadas y por otra parte sometidos a un feroz bloqueo, con carencia de capital y necesitados de reestructurar nuestra industria tomó medidas dirigidas a promover e impulsar activamente la inversión del capital extranjero y ampliar las posibilidades en cuanto a formas y áreas de inversión y además facilitar el proceso de participación extranjera en la economía Nacional, para ello, adopta una nueva legislación pues la anterior no rebasaba las posibilidades, brindándole mayor seguridad y garantía al inversionista extranjero y permita en función de preservar el desarrollo sostenible del país, la recuperación de la economía nacional, obtener los recursos financieros, tecnologías y nuevos mercados en cualquier sector de los servicios donde se identifiquen intereses mutuos excepto los servicios de salud u educación a la población y las instituciones armadas, con la excepción de su sistema empresarial.
La Ley 77 de la Inversión Extranjera del 5 de Septiembre de 1995 se promulga y pone en vigor con vista a solucionar los problemas antes mencionados. Además en la misma se incluye todo lo referido a las Zonas Francas y Parques industriales como uno de los sectores más accesibles de la inversión extranjera y anuncia que serán regulada por una legislación especial que persigue fines específicos relacionado con la generación de nuevos puestos de trabajo, la elevación de la calificación de los trabajadores entre otras, todo lo anteriormente expuesto, fue regulado por el Decreto Ley 165 del 3 de Junio de 1996.
Otra medida que no podemos dejar de mencionar es la apertura del Turismo. En relación con esta esfera decisiva de nuestra economía se han establecido varias normas jurídicas que responden al ingreso o admisión al empleo en ese sector como la Resolución 6 del año 1999.
En el afán de atemperarnos a las nuevas exigencias económicas nacional e internacional fue necesario la creación de grupos de trabajo de nuevo tipo en determinadas empresas donde el trabajador adquiera también, una parte de las utilidades y se apliquen formas de distribución más al ajustadas Socialismo, tales como: adaptar a muchas industrias a las nuevas condiciones, buscar fórmulas para estimular la producción, las exportaciones, la recaudación de divisas, el ahorro de recursos, combustibles y materias primas y para ello fue obligatorio conceder facultades a las Empresa y sus órganos superiores de dirección y establecer las políticas, principios, y procedimientos que propendan al desarrollo de la iniciativa creadora y responsabilidad de todos los jefes y trabajadores con el objetivo la máxima eficiencia y eficacia en su gestión, para que las Empresas puedan de forma ordenada realizar las transformaciones se establece el Decreto Ley 187 con fecha 18 de Agosto de 1998, con el anexo de las bases generales, para adecuar las disposiciones jurídicas laborales a las bases generales del perfeccionamiento empresarial y establecer las regulaciones laborales que ellas demandan, así como integrarla en una sola norma jurídica para su mejor conocimiento y aplicación en las entidades seleccionadas, las cuales las ampara el artículo 6 del Código del Trabajo, que faculta la adecuación de sus disposiciones, en caso necesario a las características de las actividades con particularidades muy especiales, como es el de las entidades que aplicaran el proceso. A tal efecto se dictó la Resolución 12, del 3 diciembre de 1998 consistente en el reglamento para la aplicación de la política laboral y salarial para las entidades involucradas en el perfeccionamiento empresarial, la cual regula especialmente el ingreso de los trabajadores al empleo, así como su permanencia y promoción.
En esta etapa se prioriza y se desarrollan los programas de capacitación técnica y profesional con el fin de recalificar la fuerza de trabajo racionalizada y a los trabajadores del perfeccionamiento Empresarial, y desde luego se establece un sistema de normas jurídicas contenidas en la Resolución 21 del 1 de Junio de 1999.
La característica fundamental de este período fue disminuir el índice de desocupados a través del desarrollo del pleno empleo, con el desarrollo de nuevos empleo en los servicios sociales que al mismo tiempo eleven el nivel de calidad de vida de la población, la creación de un nuevo concepto de empleo; el estudio y la preparación de jóvenes desvinculado, creándose el curso de Superación para jóvenes consistentes en una vía para formar y desarrollar conocimientos que los prepare para estar en mejores condiciones y poder acceder a estudios superiores y al trabajo, en el curso se incorporaron 117 964 alumnos y de ellos el 64% son mujeres. Elaboración de Programas de Empleo en todas las provincias y especialmente en las más orientales; elaboración de un diagnóstico de los Recursos Laborales en cada municipio y provincia y las medidas de fomento del empleo; priorizar la ubicación a egresados de la enseñanza Superior y proteger a los graduados de la enseñanza técnica profesional cuando no fuera posible asegurar un empleo.
El proceso de recuperación de la economía del país produjo un favorable impacto en el empleo pues la ocupación creció en 204,4 miles de trabajadores; la tasa de desocupación disminuyó a 5,4%; la población no económicamente activa, que del 90/95 creció en 506,6 mil, decrece del 95 al 2000 en 142,3 miles de personas; pleno empleo para personas con discapacidad que soliciten y la comisión médica lo apruebe; la promoción de empleos para mujeres y jóvenes permitiendo emplear a 64 167 mujeres y 93 000 jóvenes, para un 66%.
Se crearon 712 mil nuevos empleos permanentes destinados casi el 50% de ellos a la agricultura y el 37 % a la educación, salud, agroindustria azucarera, comunales y gastronomía.
En años 1995 al 2002 se estima aumentó la ocupación en 383,3 miles con un total de ocupados en la economía en el 2002 de 4 558,2 miles de empleos .Los nuevos empleos en los servicios sociales en el 2002 se comportaron de la siguiente manera:
Trabajadores sociales 7960, Maestros primarios cursos emergentes 6325, Habilitación Pedagógica 2616, Enfermeros emergentes 741, Profesores integrales Secundaria Básica 89, Maestros de Computación 2390, Operadores de salas de video y televisión 1213. Para un total de 31352 nuevos empleos en dicho sector de la economía en el año 2002.
En el 2004 cierra con más de 115 000 nuevos empleos de ellos el 57% fueron ocupados por mujeres.
No ha sido fácil revertir la situación del empleo, cuando en 1995 la tasa de desempleo alcanzó la cifra record de un 8,3 % ocasionada por las causas antes mencionadas, lo que provocó la paralización o redimensionamiento de muchos centros de producción y servicios, sin retroceder, o sea, sin crear empleos inflando las plantillas.
El impulso de planes territoriales de empleos, posibles con el avance de la recuperación económica, ha influido en la reducción del desempleo, pero en la zona oriental al cierre del 2000 la situación fue más comprometida que en resto del país.
Con prioridades decididas por la dirección de la Revolución, se priorizó el fomento del empleo en estas provincias y en los municipios de mayor desocupación, a través de los programas sociales surgidos de la Batalla de Ideas; el incremento de la agricultura urbana y la preparación de los jóvenes desvinculados con un nuevo concepto de empleo: el estudio.
Todo ello impactó en la reducción de la desocupación general, en el 2003 bajara al 2,3 % y en que el desempleo juvenil al 4.3 % y que al concluir el 2004, esta bajara de forma general al 1,9%.
CONCLUSIONES.
Lograr una tasa de desempleo por debajo del 2 %, como lo ha logrado Cuba, en condiciones económicas totalmente adversas, por las razones anteriormente apuntas, es un logro del cual ni los países altamente desarrollados pueden vanagloriarse.
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